Tips y Consejos

Los mejores destinos turísticos para este año

A esta altura del año podemos ver en medios digitales, diarios, revistas, televisión, radio, etc. muchísimos informes que anticipan los mejores destinos para este año. En algunos casos observaremos coincidencias obvias, en otros habrá coincidencias esclarecedoras y en la mayoría de los casos cada informe presentará lugares totalmente distintos. Generalmente, no se informa cómo se han escogido determinados sitios como mejores destinos o la fuente que se cita es un tanto pobre. Sea como sea, estos informes pueden sernos útiles, al menos, para conocer lugares que desconocíamos o para sumar opciones que no se nos habían pasado por la cabeza.

En todo caso, algo que habrá que tener en cuenta es qué tipo de seguro de viaje contratar. Hay sitios que requieren que el seguro de viaje cumpla determinados requisitos únicamente para que se nos permita en ingreso al país (el caso típico es el de los países de la Comunidad Schengen), en otros casos deberemos considerar un seguro de viaje que haga más hincapié en determinada cobertura que en otra (como puede ser la cobertura médica por sobre la legal en un viaje a un destino turístico de aventura o legal sobre médica cuando viajamos a un Resort de lujo en un país con un gobierno dictatorial).

El seguro de viaje debe cumplir algunos requisitos mínimos para ser aceptable, pero luego tiende hacia un lado u otro según nuestras necesidades, necesidades determinadas por el destino turístico elegido. Por eso, cuando vemos, leemos o escuchamos informes sobre los mejores destinos para este año y elegimos nuestras vacaciones a partir de allí, es bueno averiguar sobre las cuestiones específicamente relacionadas con el tipo de cobertura que necesitaremos durante nuestras vacaciones en ese lugar.

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Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor Ley N° 2.244 – Defensa de las y los consumidores.

Establece que las personas físicas o jurídicas que comercialicen, o presten servicios a consumidores y/o usuarios en el ámbito de la C.A.B.A. y posean página de internet, deberán agregar un enlace con la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor.